
El pulso legal entre los organismos de control electoral sumó un nuevo y decisivo capítulo este jueves. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dictó un fallo en el que niega por completo la denuncia presentada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) en contra de las principales figuras del correísmo: la excandidata presidencial Luisa González, su compañero de binomio Andrés Arauz, y Estefanía Molina. La acción punitiva original buscaba sancionar supuestas anomalías e inconsistencias detectadas en la rendición de cuentas de la campaña electoral de 2023.
Un vicio de nulidad que frenó el proceso
El núcleo de la resolución judicial recae en un defecto procesal insalvable detectado por el juez sustanciador, Ángel Torres Maldonado. Durante el análisis del expediente, el magistrado constató que la acusación del CNE se fundamentaba y construía íntegramente sobre una resolución institucional que ya había sido declarada nula y sin efecto por el propio Tribunal en un litigio previo.
Al haberse derrumbado el cimiento jurídico que daba origen al sumario, el acto administrativo quedó desprovisto de validez legal, imposibilitando por completo que los jueces del contencioso pudieran siquiera entrar a valorar o discutir el fondo del asunto.
Los descargos de la defensa y los hallazgos periciales
Paralelamente al debate sobre la validez de la causa, la defensa técnica de los denunciados estructuró su estrategia legal bajo varios ejes de contestación:
- Prescripción y trato desigual: Los implicados argumentaron firmemente que el tiempo legal para ejecutar cualquier acción sancionatoria ya había fenecido, a lo que sumaron denuncias sobre presuntas prácticas de trato discriminatorio dentro del trámite administrativo.
- Informes técnicos a favor: Se incorporaron pericias contables de peso que echaron por tierra la gravedad de las acusaciones iniciales. Los peritos concluyeron que los reparos del CNE no eran más que errores de forma y ajustes operativos de control interno, los cuales no modificaban ni alteraban de ninguna manera los resultados financieros globales de la campaña.
Adicionalmente, los peritajes ratificaron que la tienda política respetó con holgura los topes presupuestarios establecidos por la ley para la contienda presidencial de 2023. El informe detalló un gasto justificado de USD 341.686,27, una cifra que queda muy por debajo del límite máximo de erogaciones permitido por el CNE, fijado en USD 2.152.007,52.
¿Qué pasará con el expediente?
Con esta decisión del TCE, el caso queda formalmente en suspenso y archivado de manera temporal. La vía administrativa y sancionatoria no podrá reactivarse de forma automática; para que el organismo electoral intente un nuevo proceso, primero estará obligado a corregir sus errores de procedimiento, subsanar el vacío legal y emitir un nuevo acto administrativo que cuente con todas las de la ley.